30 noviembre 2010
LEY DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES DE CASTILLA LA MANCHA
12 noviembre 2010
CONMEMORACIÓN DEL 25 DE NOVIEMBRE
DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA HACIA LAS MUJERES
¡¡OS ESPERAMOS!!

2 PLAZAS DE PROFESORADO PARA PROGRAMA DE CUALIFICIACIÓN PROFESIONAL
Titulación requerida: Para impartir los módulos formativos de carácter general, título de Maestro/a de Educación Primaria.
Para el puesto de Profesor/a Técnico/a, se requerirá el título de Técnico/a Superior en Carpintería o títulación universitaria y certificado de aptitud pedagógica.
Plazo de presentación: hasta el 18 de noviembre de 2010
Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo nº 257, de 9 de noviembre de 2010
Pincha aquí para ver la convocatoria completa
AYUDAS DIRIGIDAS A CUBRIR LOS GASTOS DERIVADOS DE LOS SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN DE HIJOS/AS MENORES EN ACOGIMIENTO O TUTELA, PARA CONCILIAR SU VIDA
Subvencionar a las familias de trabajadores y trabajadoras por los gastos que les genere la atención de sus hijos/as o menores en acogimiento o tutela, que convivan con ellos y se hallen a su cargo, para favorecer así la conciliación de su vida laboral, familiar y personal.
¿Quién puede recibir estas ayudas?
Las familias de trabajadores y trabajadoras y las mujeres víctimas de violencia de género, que tengan hijos/as o menores en acogimiento o tutela, con edad inferior a 8 años.
Los beneficiarios deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha, una renta familiar anual inferior a 42.000 euros y no deben ser empleados públicos.
¿Qué gastos cubren las ayudas?
Las ayudas pueden cubrir uno o varios de los gastos siguientes:
- Gastos de Centros de Atención a la Infancia públicos y privados.
- Gastos de Comedor Escolar.
- Gastos de atención a menores por ampliación escolar en los Centros Educativos.
- Gastos por contratación de empleados al servicio del hogar familiar.
- Gastos por servicios domiciliarios prestados por autónomos o empresas.
Quedan excluidos los gastos por servicios sanitarios, deportivos, educativos, lúdicos u otros no directamente relacionados con la conciliación.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda y a qué periodo han de referirse los gastos?
Esta subvención puede solicitarse hasta el día 14 de enero de 2011.
Los gastos a presentar deben referirse a servicios recibidos en el año que va desde el día 1 de agosto de 2009 hasta el día 31 de julio de 2010.
Podrán presentarse gastos de todo el año o de una parte del mismo.
Para más información pincha aqui o ponte en contacto con el Centro de la Mujer
AYUDAS DIRIGIDAS A COMPENSAR LA PERDIDA DE INGRESOS DERIVADA DE LA REDUCCION DE JORNADA LABORAL, EL DISFRUTE DE EXCEDENCIAS O LA SUSPENSIÓN DE CONTRA
Subvencionar a los trabajadores y trabajadoras para compensar la pérdida de ingresos por el disfrute de reducciones de jornada, excedencias o suspensiones de contrato laboral, para atender al cuidado de menores o familiares enfermos, para participar en procesos de adopción internacional o en la búsqueda de familiares desaparecidos.
¿Quién puede recibir estas ayudas?
Pueden acceder a estas ayudas las familias de trabajadores y trabajadoras en las que se dé alguna de las siguientes circunstancias:
- Que sea el hombre quien disfruta de la reducción, excedencia o suspensión contractual.
- Que la persona que disfruta de las anteriores situaciones sea una mujer cabeza de familia monoparental o una mujer víctima de violencia de género.
- Que alguno de los progenitores tenga una discapacidad igual o superior al 33%.
Además, los beneficiarios deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha y no deben ser empleados públicos.
¿Cuándo se puede solicitar la ayuda y en qué periodo ha de disfrutarse la reducción de jornada, excedencia o suspensión contractual?
Esta subvención puede solicitarse hasta el día 11 de febrero de 2011.
La pérdida de ingresos sufrida debe referirse al periodo que va desde el día 1 de enero de 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2010.
Para más información pincha aqui o contacta con el Centro de la Mujer