12 noviembre 2010

AYUDAS DIRIGIDAS A COMPENSAR LA PERDIDA DE INGRESOS DERIVADA DE LA REDUCCION DE JORNADA LABORAL, EL DISFRUTE DE EXCEDENCIAS O LA SUSPENSIÓN DE CONTRA

Subvencionar a los trabajadores y trabajadoras para compensar la pérdida de ingresos por el disfrute de reducciones de jornada, excedencias o suspensiones de contrato laboral, para atender al cuidado de menores o familiares enfermos, para participar en procesos de adopción internacional o en la búsqueda de familiares desaparecidos.

¿Quién puede recibir estas ayudas?

Pueden acceder a estas ayudas las familias de trabajadores y trabajadoras en las que se dé alguna de las siguientes circunstancias:

- Que sea el hombre quien disfruta de la reducción, excedencia o suspensión contractual.

- Que la persona que disfruta de las anteriores situaciones sea una mujer cabeza de familia monoparental o una mujer víctima de violencia de género.

- Que alguno de los progenitores tenga una discapacidad igual o superior al 33%.

Además, los beneficiarios deben tener domicilio fiscal en Castilla-La Mancha y no deben ser empleados públicos.

¿Cuándo se puede solicitar la ayuda y en qué periodo ha de disfrutarse la reducción de jornada, excedencia o suspensión contractual?

Esta subvención puede solicitarse hasta el día 11 de febrero de 2011.

La pérdida de ingresos sufrida debe referirse al periodo que va desde el día 1 de enero de 2009 hasta el día 31 de diciembre de 2010.



Para más información pincha aqui o contacta con el Centro de la Mujer

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